SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR. DERECHOS Y DEBERES COMENSALES.

El alumnado usuario del servicio de comedor y/o aula matinal tendrá derecho a:

  • Recibir una dieta variada equilibrada y saludable y adecuada a las necesidades especiales si las hubiera, del alumnado que precisa de dieta especial debido a intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan.
  • Recibir orientaciones encaminadas a reforzar la adquisición de hábitos alimentarios saludables, de higiene y sociales.
  • Participar en las actividades educativas y de ocio programadas para el tiempo libre que queda antes y después de las comidas.
  • Recibir ayuda de comedor/aula matinal en las cuantías que correspondan siempre que reúna los requisitos exigidos en la Orden.
  • Disponer de tiempo suficiente para disfrutar de la comida de forma relajada.
  • Recibir un trato correcto por parte del personal que realiza funciones dentro del comedor escolar.
  • Ser atendidos con prontitud ante cualquier incidencia que surja durante la prestación del servicio de comedor o aula matinal.

El alumnado usuario del servicio de comedor y/o aula matinal estará obligado a:

  • Observar un adecuado comportamiento  durante la prestación del servicio y en los períodos anteriores y posteriores a éste.
  • Cumplir las orientaciones, atender y respetar al personal que realiza funciones en el comedor.
  • Observar diligentemente las normas de higiene tales como el lavado de manos, antes y después de las comidas e higiene buco-dental  después de las mismas.
  • Mostrar respeto, cooperación y solidaridad con sus compañeros.
  • Colaborar en las tareas de montaje y recogida de mesas, en función de su capacidad y nivel de desarrollo.
  • Participar en las actividades educativas y de ocio programadas para el tiempo libre que queda antes y después de las comidas.
  • Respetar las instalaciones y hacer un buen uso del mobiliario y enseres del comedor cuidando de que estos se mantengan limpios.
  • Abonar las cuantías que correspondan por el coste del servicio, en su caso, según lo dispuesto en la Circular de Instrucciones.
  • Comunicar al Encargado del Comedor  su baja como usuario del servicio o la inasistencia a mismo por un tiempo determinado.