SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR. DERECHOS Y DEBERES COMENSALES.
El alumnado usuario del servicio de comedor y/o aula matinal tendrá derecho a:
- Recibir una dieta variada equilibrada y saludable y adecuada a las necesidades especiales si las hubiera, del alumnado que precisa de dieta especial debido a intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan.
 - Recibir orientaciones encaminadas a reforzar la adquisición de hábitos alimentarios saludables, de higiene y sociales.
 - Participar en las actividades educativas y de ocio programadas para el tiempo libre que queda antes y después de las comidas.
 - Recibir ayuda de comedor/aula matinal en las cuantías que correspondan siempre que reúna los requisitos exigidos en la Orden.
 - Disponer de tiempo suficiente para disfrutar de la comida de forma relajada.
 - Recibir un trato correcto por parte del personal que realiza funciones dentro del comedor escolar.
 - Ser atendidos con prontitud ante cualquier incidencia que surja durante la prestación del servicio de comedor o aula matinal.
 
El alumnado usuario del servicio de comedor y/o aula matinal estará obligado a:
- Observar un adecuado comportamiento durante la prestación del servicio y en los períodos anteriores y posteriores a éste.
 - Cumplir las orientaciones, atender y respetar al personal que realiza funciones en el comedor.
 - Observar diligentemente las normas de higiene tales como el lavado de manos, antes y después de las comidas e higiene buco-dental después de las mismas.
 - Mostrar respeto, cooperación y solidaridad con sus compañeros.
 - Colaborar en las tareas de montaje y recogida de mesas, en función de su capacidad y nivel de desarrollo.
 - Participar en las actividades educativas y de ocio programadas para el tiempo libre que queda antes y después de las comidas.
 - Respetar las instalaciones y hacer un buen uso del mobiliario y enseres del comedor cuidando de que estos se mantengan limpios.
 - Abonar las cuantías que correspondan por el coste del servicio, en su caso, según lo dispuesto en la Circular de Instrucciones.
 - Comunicar al Encargado del Comedor su baja como usuario del servicio o la inasistencia a mismo por un tiempo determinado.
 
 